Desde el 1 de octubre de 2018, los autónomos deben adaptarse a un nuevo escenario en la gestión de sus obligaciones con la Seguridad Social. Este cambio implica la integración obligatoria en el sistema de Administración Electrónica, lo que supone un avance hacia una gestión más ágil y eficiente. ¿Estás preparado para dar el salto digital?
La integración de los autónomos en la administración electrónica es obligatoria
A partir de esta fecha, los autónomos ya no pueden esperar una carta certificada de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en su buzón. La normativa, que se introdujo con la Orden ESS/214/2018, establece que todos los trámites y comunicaciones deben realizarse exclusivamente por vía electrónica. Esta transición busca simplificar y agilizar los procesos administrativos, permitiendo a los autónomos gestionar sus obligaciones de manera más eficiente.
La obligación de utilizar el sistema de remisión electrónica de información se implementó inicialmente en marzo de 2018, pero se ofreció un periodo de adaptación de seis meses. Este periodo ha finalizado, y desde entonces, todas las comunicaciones y gestiones relacionadas con la TGSS deben hacerse a través de la Sede Electrónica.
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A partir del 1 de octubre de 2018, la obligación de utilizar la administración electrónica se extiende a todos los autónomos para el intercambio de datos y documentos, así como para la comunicación de actuaciones administrativas.
¿Qué tipo de gestiones deben realizarse obligatoriamente a través del Sistema RED?
- Todas las gestiones relacionadas con la afiliación y la cotización.
- Las notificaciones y comunicaciones de la TGSS serán recibidas exclusivamente a través de la Sede Electrónica.
Opciones para gestionar las comunicaciones electrónicas
Los autónomos tienen dos alternativas principales para gestionar sus trámites:
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- Gestión directa: El autónomo puede realizar sus trámites por sí mismo accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para ello, debe identificarse con un sistema de autenticación, ya sea con usuario y contraseña, certificado digital o Cl@ve.
- Gestión a través de terceros: Otra opción es delegar estas gestiones a un tercero autorizado, como un gestor o asesoría, que utilizará el Sistema RED para actuar en nombre del autónomo.
Requisitos para los autónomos en el sistema de administración electrónica
La normativa afecta a diversos tipos de trabajadores autónomos, incluyendo:
- Trabajadores autónomos por cuenta propia.
- Trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios.
- Trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Es fundamental que los autónomos verifiquen si tienen acceso a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y al Servicio de notificaciones telemáticas.
Para acceder a la Sede Electrónica, los autónomos deben pasar por un proceso de autenticación que puede ser realizado mediante:
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- Sistema Cl@ve: Ofrece acceso mediante un usuario y contraseña, reforzado por claves de un solo uso enviadas a un teléfono móvil.
- DNI electrónico: Permite el acceso a todos los servicios y gestiones en línea, que se pueden gestionar desde el sitio oficial del DNI electrónico.
- Certificado electrónico: Los certificados electrónicos son una forma válida de autenticación que permite realizar cualquier tipo de trámites y gestiones necesarias.
Servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas
Dentro de la Sede Electrónica se encuentra el Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas, al que pueden acceder tanto los propios autónomos como sus autorizados. Este servicio permite a la TGSS enviar notificaciones electrónicas a los autónomos y sus representantes.
Este sistema proporciona un aviso por correo electrónico a los autónomos en el que se informa sobre la disponibilidad de notificaciones en la Sede Electrónica, como, por ejemplo, requerimientos por impago de cuotas. Las notificaciones estarán disponibles durante un plazo máximo de 10 días, y si no se consultan en ese tiempo, se considerarán como entregadas.
Las notificaciones electrónicas incluyen temas relacionados con:
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- Procedimientos de recaudación.
- Reclamaciones de deuda.
- Aplazamientos en el pago de deudas.
- Actas de liquidación y sanciones.
Tipos de gestiones que se pueden realizar en la Sede Electrónica
La Sede Electrónica ofrece una amplia gama de gestiones que los autónomos pueden realizar de manera eficiente. Algunas de estas gestiones son:
- Consulta y firma de notificaciones telemáticas.
- Altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia.
- Modificación de la base de cotización.
- Cambio de actividad o datos en el sistema.
- Obtención de certificados de estar al corriente en obligaciones con la Seguridad Social.
- Aplazamiento de pagos de deudas.
- Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso.
Más información y recursos disponibles
Para facilitar la adaptación a este nuevo sistema, se recomienda a los autónomos informarse sobre los cambios y recursos disponibles. Puedes acceder a un tríptico informativo de la Seguridad Social que ofrece detalles sobre el proceso y la normativa vigente.
Si necesitas ayuda específica para tus gestiones o aclaraciones sobre documentos, puedes hacer uso del servicio «Papeles Claros» de AsesoraTech. Este servicio te permite enviar documentos para recibir orientación sobre su correcta gestión.
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Adicionalmente, puedes encontrar más información en las páginas oficiales de la Seguridad Social y en los canales de atención al cliente que ofrecen asistencia a los autónomos con sus consultas y trámites.
Recuerda que adaptarte a la administración electrónica no solo es una obligación legal, sino que también puede mejorar tu eficiencia al manejar tus obligaciones con la Seguridad Social.
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