Si te encuentras cobrando el paro y sufres una baja médica, es fundamental que entiendas el proceso y las implicaciones de esta situación. La comunicación con el Servicio Público de Empleo (SEPE) es clave para garantizar que tus derechos sean respetados y que no enfrentes sanciones. Aquí te ofrecemos una guía completa para que navegues por este proceso sin complicaciones.
Notificar al Servicio de Empleo sobre la baja médica es imprescindible
Última actualización: 10/03/2021
Cuando un trabajador está percibiendo una prestación por desempleo, ya sea ordinaria o por ERTE, y sufre una baja médica (Incapacidad Temporal), es obligatorio comunicar esta situación al SEPE. No se trata únicamente de una formalidad; es una medida que protege tanto al trabajador como a la administración. Al informar al SEPE, se suspende la demanda de empleo, evitando así que el trabajador reciba citaciones o sea obligado a asistir a cursos de formación durante su recuperación.
Estar de baja médica significa que el trabajador queda exento de cumplir con sus obligaciones como demandante de empleo, lo que incluye aceptar ofertas de trabajo o cursos de formación.
Las implicaciones de estar de baja médica mientras se cobra el paro
Las consecuencias de una baja médica varían según el tipo de prestación que el trabajador esté recibiendo:
A) Subsidio por desempleo
Si el trabajador percibe un subsidio por desempleo (como el de mayores de 52 años o ayuda familiar) y cae en baja médica, su situación se mantiene sin alteraciones: sigue cobrando el subsidio y la duración del mismo no se ve afectada. Sin embargo, es crucial tener en cuenta que, al finalizar el subsidio, la incapacidad temporal también se termina, lo que significa que se deja de percibir el subsidio, aunque la persona aún no se haya recuperado.
B) Prestación contributiva
En el caso de cobrar una prestación contributiva, es decir, el paro por haber cotizado al menos 360 días, el SEPE seguirá realizando el pago de forma habitual. Esto se conoce como “pago delegado”, donde el SEPE asume el coste, pero es la Seguridad Social quien debe abonar las prestaciones por Incapacidad. Es importante señalar que la duración de la prestación no se detiene mientras el trabajador esté de baja.
Cuando se acabe el periodo de la prestación y el trabajador continúe de baja médica, será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien se encargue del pago, el cual equivale a un subsidio por desempleo (80% del IPREM, aproximadamente 431 euros al mes). Este subsidio tiene que ser solicitado en las oficinas del INSS, pidiendo cita previa.
C) Prestación por ERTE
Si el trabajador está en un ERTE y recibe una prestación, debe informar al SEPE sobre su baja médica para ajustar los pagos. Esto aplica especialmente en los ERTE por suspensión total. En caso de estar en un ERTE por reducción, donde el trabajador trabaja parcialmente, es necesario comunicar la baja tanto a la empresa como al SEPE, de modo que cada parte maneje su responsabilidad en la gestión de la baja médica.
Cómo informar formalmente al SEPE sobre la baja médica
El trabajador que se encuentra cobrando el paro debe comunicar formalmente su situación de baja médica al SEPE. Este proceso incluye:
- Presentar el parte de baja médica por Incapacidad Temporal (IT) al SEPE.
- Comunicar el alta médica una vez que se recupera.
- Pedir confirmación sobre el envío de sucesivos partes de confirmación y si pueden ser enviados por correo o entregados en persona.
Al comunicar la baja médica, la demanda de empleo pasa a estar suspendida, lo que significa que el trabajador no necesita asistir a sesiones de control ni renovar su situación de desempleo.
La comunicación puede realizarse a través del teléfono del SEPE o desde la sede electrónica. Sin embargo, muchos trabajadores prefieren realizar este trámite en persona mediante cita previa, seleccionando la opción de “Presentación de partes de baja de IT”.
Es fundamental que la comunicación se realice lo antes posible, y la fecha de comunicación se toma en cuenta como la fecha en que se solicita la cita previa, no la del día de la cita asignada.
Nota importante: Debido a las restricciones de movilidad por la crisis del COVID-19, ha sido complicado realizar entregas presenciales de los partes de baja. Algunos trabajadores han optado por enviar los documentos por correo postal o mediante un correo electrónico específico proporcionado por sus oficinas de empleo.
Situaciones específicas: baja médica mientras se está activo
Existen casos en los que un trabajador está en activo, con contrato, y sufre una baja médica. Esto puede ocurrir, por ejemplo, en un contrato temporal que finaliza mientras el trabajador aún está en recuperación. En tales casos, se presentan algunas particularidades respecto a la gestión del paro:
- Si el trabajador tiene derecho a cobrar el paro tras la finalización de su contrato, debe seguir el proceso correspondiente para solicitarlo.
- La baja médica debe ser comunicada también en este caso, así como cualquier alta médica que se produzca posteriormente.
- Es recomendable documentar todo el proceso para evitar inconvenientes con el SEPE.
Para más detalles sobre cómo manejar situaciones de baja médica y paro, puedes consultar nuestra guía completa sobre baja y paro.
Si necesitas asesoría específica sobre la comunicación de tu baja médica o cualquier otro documento relacionado, puedes utilizar nuestro servicio Papeles Claros. Aquí, podrás enviar tus documentos y recibir orientación sobre tu situación particular.