La jubilación de un empresario puede generar incertidumbre tanto para el propio empresario como para sus empleados. Este proceso no solo implica un cambio en la vida del empresario, sino también en las relaciones laborales y en el futuro de la empresa. ¿Qué ocurre con los derechos de los trabajadores en estos casos? Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.
La jubilación de un empresario individual
Cuando un empresario individual decide jubilarse, la situación laboral de sus empleados se ve directamente afectada. Este tipo de empresario opera como persona física y, al cesar su actividad, se extingue la relación laboral con sus trabajadores.
Es importante destacar que, en estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización limitada. Esta indemnización corresponde a un mes de salario, ya que la jubilación del empresario no se considera un despido en sentido estricto.
Ejemplo: Imaginemos que José, un empresario individual que posee una tienda de frutos secos, se jubila a los 65 años y decide cerrar el negocio. Su empleado, Álvaro, tendrá derecho a recibir una mensualidad como indemnización.
Además, es fundamental señalar que no es necesario que la jubilación y el cierre de la actividad se produzcan simultáneamente. Por lo general, se acepta un periodo razonable para liquidar el negocio y formalizar el cierre. En el caso de empresas familiares, si el empresario se jubila, los familiares pueden optar por no continuar con el negocio, lo que también afectará a los derechos de los trabajadores.
Jubilación del empresario que actúa a través de una sociedad (SL, SA, etc.)
La situación es diferente cuando el empresario opera a través de una sociedad mercantil, como puede ser una Sociedad Limitada (SL) o una Sociedad Anónima (SA). En estos casos, la jubilación del empresario no implica un fin automático de los contratos laborales de los empleados.
Si el empresario se jubila y decide cerrar la empresa, será necesario seguir un procedimiento formal de despido. Dependiendo del número de trabajadores, esto puede ser a través de un despido objetivo (si hay cinco empleados o menos) o un despido colectivo (más de cinco empleados), conocido como ERE.
La indemnización en este contexto es más generosa, pues el trabajador tiene derecho a 20 días de salario por cada año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.
Ejemplo: En el caso de José, que opera su tienda de frutos secos a través de Frutos Secos José, S.L., si decide cerrar la empresa al jubilarse, tendrá que proceder con un despido objetivo para Álvaro, su empleado.
Si el empresario se jubila pero la empresa sigue operando bajo la gestión de otros socios, la relación laboral de los trabajadores se mantiene sin cambios, ya que no hay causa para extinguir el contrato.
¿Qué sucede si la actividad de la empresa continúa tras la jubilación del empresario?
La continuidad de la actividad empresarial tras la jubilación del empresario es un aspecto clave a considerar. Si la empresa sigue funcionando, ya sea porque los herederos han tomado el control, se ha vendido antes de la jubilación, o la empresa no se disuelve, no puede considerarse que la jubilación sea causa de despido.
En estos casos, se establece una sucesión de empresas. Esto significa que el nuevo empresario asumirá los derechos y obligaciones laborales del anterior, y los contratos laborales deben continuar vigentes. Tanto el antiguo como el nuevo empresario son responsables solidarios de las obligaciones laborales anteriores.
Es importante tener en cuenta que algunos empresarios intentan aprovechar la jubilación como una excusa para extinguir contratos de forma ilegal, ofreciendo solo una mensualidad a los trabajadores. Esto puede involucrar el riesgo de que el nuevo empresario no reconozca la antigüedad y derechos de los empleados previos.
¿Qué hacer si la actividad continúa y se finaliza el contrato por jubilación?
Si la actividad sigue y el trabajador ha recibido una notificación de finalización de contrato, este tiene derecho a actuar como si se tratase de un despido. Tiene un plazo de 20 días hábiles para reclamar, siendo importante reunir pruebas que demuestren la continuidad de la actividad, como facturas, tickets de compra o testimonios. También puede ser útil contactar con la nueva administración de la empresa en caso de que sea necesario.
Otras situaciones que pueden afectar a la relación laboral con el empresario individual
La jubilación no es la única circunstancia que puede poner fin a la actividad de un empresario. Otras situaciones, como el fallecimiento o la incapacidad del empresario, pueden tener consecuencias similares.
Si el empresario fallece, la relación laboral se extinguirá, a menos que sus herederos decidan continuar la actividad o se venda el negocio. Lo mismo ocurre si el empresario es declarado incapaz judicialmente o sufre una incapacidad física que le impida seguir trabajando.
En estos casos, el trabajador también recibirá una mensualidad como indemnización, siguiendo la misma lógica que en la jubilación.
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Otros aspectos a considerar
- Derechos laborales durante la jubilación del empresario
- Indemnización y su cálculo
- Procedimientos legales ante la continuidad empresarial
- Asesoría en casos de despido o cierre empresarial
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