El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una herramienta fundamental para facilitar la entrada de los jóvenes al mercado laboral. Este tipo de contrato no solo beneficia a las empresas al reducir costos, sino que también proporciona a los trabajadores la oportunidad de adquirir experiencia y formación especializada. Conocer sus características y beneficios es esencial tanto para empresarios como para jóvenes que buscan su primer empleo.
¿A quién va dirigido este tipo de contrato?
Este contrato está diseñado principalmente para jóvenes sin formación específica que buscan ingresar al mundo laboral. Su propósito es ofrecerles una oportunidad de formarse mientras trabajan, permitiéndoles adquirir las habilidades necesarias para desempeñar un rol en el mercado laboral.
Es importante destacar que:
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- Los destinatarios son principalmente personas mayores de 16 años y menores de 25 años.
- No hay límite de edad para colectivos vulnerables, como personas con discapacidad o aquellos en riesgo de exclusión social.
Este enfoque inclusivo permite que diversos grupos puedan acceder a una formación adecuada y mejorar sus perspectivas laborales.
¿En qué consiste el contrato para la formación y el aprendizaje?
Este tipo de contrato combina la formación teórica y práctica en un ambiente laboral. Los trabajadores tienen la oportunidad de recibir formación relacionada con su trabajo mientras son remunerados por sus actividades.
La formación puede ser impartida de varias maneras:
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- En centros formativos externos.
- En la propia empresa, si dispone de medios adecuados.
- Mediante fórmulas mixtas que combinan ambos enfoques.
La jornada laboral también se distribuye de forma que se garantice un equilibrio entre trabajo y formación, con un 25% de la jornada dedicado a la formación teórica durante el primer año, y un 15% en años posteriores.
Duración del contrato para la formación y el aprendizaje
La duración de este contrato puede variar:
- La duración mínima es de 1 año.
- La duración máxima es de 3 años, aunque algunos convenios colectivos pueden establecer un mínimo de 6 meses.
Adicionalmente, si se establece un contrato por menos de 3 años, puede prorrogarse hasta en dos ocasiones, asegurando que cada prórroga no sea menor a seis meses.
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Retribución en este tipo de contrato
La compensación económica para los trabajadores se establece en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso la retribución puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
Por ejemplo, si el salario establecido en el convenio colectivo es de 1000€ y el trabajador realiza el 75% de su jornada laboral en actividades productivas, su salario será de 750€.
Beneficios para la empresa
Las empresas que utilizan este tipo de contrato obtienen una serie de ventajas significativas:
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- Reducción de cuotas de Seguridad Social: hasta un 100% para empresas con menos de 250 trabajadores.
- Financiación de la formación: las empresas pueden beneficiarse de subvenciones para cubrir los costos de formación teórica.
- Menor coste laboral: especialmente durante el primer año, donde las retribuciones son más bajas.
Este marco resulta atractivo para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas, que buscan reducir costos mientras forman a nuevos empleados.
Ventajas para el trabajador
El contrato para la formación y el aprendizaje no solo es beneficioso para la empresa, sino que también ofrece una serie de ventajas para el trabajador:
- Obtención de un Certificado de Profesionalidad o un título de Formación Profesional.
- Acumulación de experiencia laboral relevante, que mejora su currículum.
- Desarrollo de habilidades prácticas en un entorno real de trabajo.
Estas ventajas no solo facilitan la inserción laboral, sino que también aumentan la competitividad del trabajador en el futuro.
Derecho a prestación por desempleo
Es importante destacar que los trabajadores bajo este contrato también tienen derecho a prestaciones por desempleo. Esto incluye el derecho a cotizar para la jubilación y el desempleo, lo que asegura una mayor protección a largo plazo.
Regulación legal del contrato de formación y aprendizaje
La regulación de este tipo de contrato está establecida en el Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1529/2012. Estos documentos establecen las bases legales para la implementación de contratos de formación y aprendizaje en España.
- Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.
- Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.
Ejemplos prácticos del contrato para la formación y el aprendizaje
Imagina un joven que ha terminado la educación secundaria y busca su primer empleo. Opta por un contrato en una empresa de turismo. Durante su tiempo en la empresa:
- Realiza tareas administrativas y atención al cliente, ganando experiencia directa.
- Asiste a clases sobre gestión turística y atención al cliente, lo que le permitirá obtener un título relacionado.
Al finalizar el contrato, no solo tendrá un certificado que respalde su formación, sino también una experiencia laboral valiosa que le abrirá puertas en el futuro.
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