Desempleados con prestaciones agotadas tienen 90 días de salud en Europa

La situación laboral de muchos trabajadores en España ha cambiado drásticamente en los últimos años, especialmente para aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo. Conocer la cobertura sanitaria que tienen en Europa es esencial para evitar sorpresas desagradables. En este artículo, desglosamos qué derechos y limitaciones tienen los desempleados en esta situación, así como las alternativas que pueden explorar.

Si eres un trabajador que ha agotado su prestación por desempleo y planeas viajar a otro país europeo, es crucial que entiendas que, si pasas más de 90 días fuera de España, puedes perder tu derecho a la asistencia sanitaria. A continuación, profundizaremos en los detalles de esta normativa y cómo afecta a los españoles que se encuentran en el extranjero.

¿Qué cobertura sanitaria tiene en Europa un parado que ha agotado todas sus prestaciones y subsidios?

Un desempleado que ha agotado todas sus prestaciones puede solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio en los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este certificado le permitirá acceder a la asistencia sanitaria en el extranjero durante un periodo de 90 días al año, siempre que no pierda su residencia en España.

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Es importante destacar que este certificado es solo temporal y tiene sus limitaciones:

  • Solo es válido por 90 días naturales al año en los países de la UE, el Espacio Económico Europeo y Suiza.
  • Si se supera este tiempo, se perderá la cobertura sanitaria de la Seguridad Social española.
  • Una vez agotados los 90 días, el desempleado será considerado residente del país donde se encuentre, lo que implica que deberá ajustarse a las leyes sanitarias locales.

Además, es un error común pensar que la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) asegura la cobertura sanitaria durante dos años. En realidad, su validez está vinculada a la situación laboral y de residencia del beneficiario en España.

¿Es conocida esta limitación de la asistencia sanitaria para los desempleados en el extranjero?

Las embajadas de España en el extranjero han tomado medidas para informar sobre esta normativa y sus implicaciones. Se han publicado documentos informativos en sus páginas web y se han brindado charlas sobre los derechos de los españoles desempleados en el extranjero.

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Por ejemplo, la Embajada española en Francia ha emitido información que aclara cómo puede verse afectada la asistencia sanitaria de los desempleados que se encuentren en el país por más de 90 días. Este esfuerzo busca evitar que los ciudadanos se enfrenten a problemas de acceso a servicios médicos en el extranjero.

Ejemplo práctico de la situación actual

Consideremos el caso de Lucía, una española que ha agotado su prestación por desempleo. Sin oportunidades laborales en España, decide irse a Francia en busca de trabajo. Antes de partir, solicita el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) en las oficinas del INSS para asegurarse la cobertura sanitaria durante 90 días.

Analicemos las posibles situaciones en las que se podría encontrar:

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  • Si regresa a España antes de los 90 días, mantendrá su derecho a la asistencia sanitaria como residente español.
  • Si encuentra trabajo en Francia antes de que se cumplan esos 90 días, tendrá acceso a la cobertura sanitaria francesa como empleada.
  • Si no encuentra trabajo y supera los 90 días, deberá consultar las leyes francesas para ver si tiene derecho a asistencia sanitaria, aunque no esté trabajando.
  • Al regresar a España, deberá solicitar el reconocimiento de su asistencia sanitaria como beneficiaria por no tener ingresos.

Asistencia sanitaria en Europa si se está cobrando un subsidio o prestación por desempleo español

Para aquellos desempleados que todavía están recibiendo un subsidio o prestación por desempleo y planean viajar a Europa, es fundamental comunicar el viaje a la oficina de empleo. Dependiendo de la duración del desplazamiento, las situaciones son las siguientes:

  • Si el desplazamiento dura menos de 15 días, no es necesario justificar el viaje; solo se debe informar a la oficina de empleo.
  • Si se planea estar entre 15 y 90 días, la prestación se suspenderá, pero se reactivará al regreso. Durante este periodo, el desempleado contará con la cobertura del CPS.
  • Si el desplazamiento se extiende entre 90 días y un año, se requerirá justificar el motivo del viaje, como búsqueda de empleo o formación, y la prestación se suspenderá hasta el retorno.

Condiciones para mantener el derecho a la Seguridad Social en España

Es vital entender cuáles son las condiciones para mantener el derecho a la Seguridad Social en España, especialmente para aquellos que se encuentran en el extranjero:

  • La residencia se pierde si se permanece fuera de España más de 90 días al año.
  • Los trabajadores desempleados sin prestaciones deben asegurarse de no exceder este límite para mantener la cobertura sanitaria.
  • En caso de regresar a España, es posible solicitar el reconocimiento de la asistencia sanitaria si se cumplen ciertos requisitos.

Alternativas de asistencia sanitaria para españoles no residentes

Los españoles que residen permanentemente en otro país y no tienen derecho a la asistencia sanitaria en España deben considerar otras opciones:

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  • Investigar la legislación del país donde residen para conocer sus derechos y obligaciones en materia sanitaria.
  • Considerar la contratación de un seguro de salud privado que cubra la asistencia sanitaria en el país de residencia.
  • Consultar con las embajadas o consulados sobre acuerdos bilaterales que puedan ofrecer asistencia sanitaria a ciudadanos españoles en el extranjero.

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