Reglamento de Empresas de Trabajo Temporal ETT Aprobado

En un mundo laboral en constante evolución, entender el funcionamiento de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) se vuelve esencial. Este artículo te guiará a través de la normativa que regula estas entidades, así como los derechos y obligaciones que rigen a los trabajadores y a las empresas que las utilizan. Conocer estos aspectos te permitirá tomar decisiones más informadas sobre tu trayectoria profesional.

En este artículo, exploraremos el reglamento que regula las ETT, los contratos que establecen con los trabajadores y las empresas usuarias, así como las valoraciones de los sindicatos sobre esta normativa. Al final, también ofreceremos información adicional sobre cómo interactuar con las ETT y los recursos disponibles para los trabajadores.

Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal

El 20 de junio de 2015, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal, que es parte del Real Decreto 417/2015 de 29 de mayo. Esta normativa establece un marco claro para el funcionamiento de las ETT en todo el territorio español.

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Una de las principales innovaciones de este reglamento es la creación de un sistema de autorización administrativa que permite a las ETT operar. Esta autorización es válida a nivel nacional y, una vez solicitada, se concede sin límite temporal, a menos que se produzcan incumplimientos. Además, si no se obtiene respuesta en un mes, se considera concedida por silencio administrativo positivo.

Otro aspecto fundamental del reglamento es la obligación de las ETT de constituir una garantía financiera. Esta garantía tiene como objetivo proteger los derechos de los trabajadores en caso de que la empresa no cumpla con sus obligaciones salariales o de cotización a la Seguridad Social.

  • Identificación de la empresa.
  • Autorización para el desarrollo de la actividad.
  • Domicilio social y centros de trabajo.
  • Relaciones de contratos de puesta a disposición.

El reglamento también establece la creación de una base de datos central de ETT, gestionada por la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Esta base de datos será pública y contendrá información relevante sobre cada ETT autorizada en España, aunque los detalles de los contratos de puesta a disposición estarán limitados a las autoridades laborales.

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Contenido del contrato entre la ETT y el trabajador

El reglamento señala que el contrato entre la ETT y el trabajador debe formalizarse por escrito y comunicar su contenido a la oficina pública de empleo dentro de los diez días siguientes a su celebración. Este contrato debe incluir información detallada sobre el trabajador y la empresa usuaria.

Específicamente, el contrato debe contener:

  1. Identificación de las partes contratantes.
  2. Información sobre la empresa usuaria.
  3. Contenido de la prestación laboral.
  4. Duración del contrato.
  5. Remuneración convenida.
  6. Convenio colectivo aplicable.

Además, para los contratos en prácticas o de formación y aprendizaje, se deben incluir datos específicos sobre la titulación del trabajador y el acuerdo para la actividad formativa, respectivamente.

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Es vital que cuando un trabajador con contrato indefinido se incorpore a una empresa usuaria, se le entregue una orden de servicio que detalle el lugar de trabajo, el horario y la causa del contrato de puesta a disposición.

Contrato de puesta a disposición entre la ETT y la empresa usuaria

El contrato de puesta a disposición entre la ETT y la empresa usuaria también debe formalizarse por escrito. Este contrato debe incluir información crítica similar a la del contrato con el trabajador, como los datos identificativos de ambas partes y el contenido de la prestación laboral.

Los elementos que deben incluirse son:

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  • Datos de identificación de la ETT.
  • Datos de identificación de la empresa usuaria.
  • Causa que justifica la contratación.
  • Contenido de la prestación laboral y cualificación requerida.
  • Duración del contrato.
  • Precio y retribución convenidos.

Para los contratos de formación y aprendizaje, se designará a una persona de la empresa usuaria que tutelará el desarrollo de la actividad laboral del trabajador.

Valoraciones de los sindicatos sobre el reglamento

Las reacciones de los sindicatos frente al reglamento han sido diversas. Según UGT, esta normativa favorece a las empresas privadas de trabajo temporal a expensas de los derechos de los trabajadores y de los servicios públicos de empleo. La organización ha expresado su preocupación por cómo se está facilitando la expansión de las ETT sin ofrecer garantías adecuadas para la protección de los trabajadores.

Se argumenta que el reglamento reduce la supervisión sobre la constitución de ETT, ya que la autorización administrativa será única y no requerirá renovaciones, lo que podría llevar a un debilitamiento de los derechos laborales.

Aspectos clave sobre el funcionamiento de las ETT

Las Empresas de Trabajo Temporal desempeñan un papel significativo en el mercado laboral. Algunos aspectos esenciales sobre su funcionamiento incluyen:

  • Las ETT actúan como intermediarias que contratan a trabajadores para ofrecer sus servicios a otras empresas.
  • Los trabajadores son empleados de la ETT, lo que significa que esta es responsable del pago de salarios y de las obligaciones laborales.
  • Las ETT pueden ofrecer flexibilidad tanto a trabajadores como a empresas, permitiendo adaptarse a cambios en la demanda laboral.
  • Sin embargo, pueden existir desventajas, como la precariedad laboral y la desprotección en comparación con trabajadores directamente contratados por las empresas usuarias.

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Más información sobre las ETT

Conocer a fondo el reglamento que regula a las ETT y sus implicaciones es indispensable en el contexto laboral actual. La información es poder, y estar informado te ayudará a navegar mejor por el mundo del trabajo temporal.

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