La búsqueda de la estabilidad económica y social es un desafío que enfrentan muchas personas, especialmente aquellas en situaciones de vulnerabilidad. En este contexto, la Renta Básica Extremeña de Inserción fue una herramienta clave para ofrecer apoyo a quienes más lo necesitaban en Extremadura. Sin embargo, desde el 26 de junio de 2019, esta ayuda ha sido reemplazada por la Renta Extremeña Garantizada, que ofrece mejores condiciones y mayor cobertura. En este artículo, exploraremos a fondo los aspectos de la antigua Renta Básica Extremeña, sus requisitos y el impacto de su sustitución por la nueva ayuda.
¿Qué era la antigua renta básica extremeña de inserción?
La Renta Básica Extremeña de Inserción era un programa diseñado para brindar apoyo económico a individuos y familias que se encontraban en situaciones de riesgo o exclusión social. Este sistema se mantuvo vigente hasta el 26 de junio de 2019 y se centraba en ayudar a aquellos que carecían de recursos económicos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas.
La ayuda se caracterizaba por no solo proporcionar un sustento económico, sino también facilitar la inserción social y laboral de los beneficiarios. Esto se lograba a través de diversas medidas y programas que buscaban mejorar las condiciones de vida de los solicitantes, promoviendo su integración en la comunidad y el mercado laboral.
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Requisitos para acceder a la renta básica extremeña de inserción
Para ser beneficiario de la Renta Básica Extremeña de Inserción, era necesario cumplir con una serie de requisitos, que aseguraban que la ayuda se dirigiera a quienes realmente la necesitaban. Los requisitos incluían:
- Estar empadronado en Extremadura y haber residido en la comunidad al menos un año, a menos que se presentaran excepciones.
- Ser mayor de 25 años, o ser mayor de edad bajo ciertas condiciones específicas.
- Demostrar estar en situación de riesgo o exclusión social, con ingresos o patrimonio insuficientes para cubrir necesidades básicas.
- Si se percibía alguna pensión o prestación, esta debía ser compatible con la Renta Básica, de acuerdo con la normativa correspondiente.
- No estar ingresado en un centro de atención permanente, salvo en casos específicos como violencia de género.
Además, existían algunas incompatibilidades que impedían recibir la ayuda, tales como:
- Cesación voluntaria en un empleo en los seis meses previos a la solicitud.
- Rechazo de ofertas de empleo o formación adecuadas en el mismo periodo.
- Desempleados que no solicitaran prestaciones o subsidios a los que tuvieran derecho.
- No solicitar pensiones de jubilación o incapacidad si cumplían los requisitos para ello.
¿Cuánto se cobraba con esta ayuda?
La cuantía de la Renta Básica Extremeña de Inserción variaba según la composición del hogar y se establecía como un porcentaje del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). A continuación, se detallan algunos aspectos clave sobre los montos:
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- La cantidad inicial para una unidad familiar de un solo miembro era el 100 % del IPREM mensual, que en 2019 equivalía a 537 euros.
- El monto se incrementaba en un 20 % por el segundo miembro del hogar y en un 10 % por cada uno de los siguientes miembros.
- El importe máximo que podía recibir una unidad familiar no podía superar el 160 % del IPREM.
- Para cada miembro con una dependencia o discapacidad reconocida superior al 45 %, se añadían ocho puntos al porcentaje aplicado.
- La ayuda se ajustaba en función de los ingresos mensuales o prestaciones públicas que recibiera la unidad familiar.
- Se estableció un límite mínimo de concesión para asegurar que, incluso en casos de menor necesidad, se garantizara una ayuda básica.
- Los montos de la prestación se revalorizaban anualmente para adaptarse a la inflación.
Solicitud de la renta básica extremeña de inserción
Es importante destacar que, desde el 26 de junio de 2019, la Renta Básica de Inserción dejó de ser accesible, siendo sustituida por la Renta Extremeña Garantizada. Este cambio busca simplificar los procesos y ofrecer mejores condiciones a los beneficiarios. Para aquellos que todavía tienen dudas sobre la nueva ayuda, es recomendable consultar la guía de documentación y hacer uso del servicio «Papeles Claros» para aclarar cualquier duda sobre su situación.
¿Cuándo se cobraba la renta básica de inserción en Extremadura?
Los pagos de la Renta Básica de Inserción se realizaban, generalmente, el día 4 o 5 de cada mes, a mes vencido. Por ejemplo, el 4 o 5 de julio se recibiría el pago correspondiente al mes de junio. Este sistema de pagos permitía a los beneficiarios planificar mejor sus finanzas mensuales.
En 2016, más de 10.000 personas recibieron esta ayuda, lo que demuestra la necesidad y el impacto que tuvo en la comunidad. Ese mismo año, la cantidad destinada a la Renta Básica de Inserción alcanzó los 31,6 millones de euros.
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Si has recibido esta ayuda, te invitamos a compartir tu experiencia en los comentarios, detallando fechas de solicitud y aprobación, para ayudar a otros que se encuentren en situaciones similares.
Normativa legal y web oficial de la nueva renta extremeña garantizada
La nueva Renta Extremeña Garantizada se rige por la Ley 5/2019, de 20 de febrero, que se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el 26 de febrero de 2019. Esta ley entró en vigor el 26 de junio de 2019 y establece las bases para la nueva ayuda social en la comunidad.
Para obtener más información y acceder a los trámites correspondientes, puedes visitar la página web de la Junta de Extremadura donde se detallan los procedimientos y requisitos actualizados.
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