Alegaciones y recursos de miembros de mesas electorales

Las elecciones generales son un pilar fundamental de la democracia, donde cada ciudadano tiene la oportunidad de participar activamente en la elección de sus representantes. Sin embargo, ser designado como miembro de una mesa electoral puede generar incertidumbre, especialmente si surgen motivos que impiden cumplir con esta responsabilidad. A continuación, exploraremos en profundidad los derechos, deberes y posibles excusas para no formar parte de una mesa electoral, así como los recursos disponibles para aquellos que necesitan impugnar su designación.

Derechos y deberes en las elecciones generales o autonómicas

Desde la promulgación de la Ley Electoral en 1985, ser miembro de una mesa electoral se ha considerado un deber cívico. Esta obligación es especialmente relevante en el contexto de las elecciones generales, como las convocadas para el 23 de julio. Sin embargo, existen justificaciones legales que permiten a los designados excusarse, las cuales se aplicarán en la próxima cita electoral.

Los ciudadanos seleccionados para ser presidente o vocal de una mesa electoral tienen un plazo de siete días para presentar cualquier alegación justificada ante la Junta Electoral de Zona, que evaluará y resolverá en un plazo de cinco días. Es importante que esta comunicación esté debidamente motivada y documentada.

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Las excusas se clasifican en diversas categorías, incluyendo causas personales, familiares y profesionales. Esta regulación es uniforme para elecciones generales, autonómicas y locales, lo que proporciona un marco claro y coherente para todos los ciudadanos.

Impedimentos y excusas para no formar parte de una mesa electoral

La legislación reconoce diversas situaciones que pueden servir como excusas para no presentarse a la mesa electoral. A continuación, se detallan los impedimentos más comunes.

Vacaciones contratadas y sus posibles consecuencias

Este año, las elecciones generales coinciden con el periodo estival, lo que ha llevado a la Junta Electoral Central a considerar las vacaciones contratadas como una excusa válida. Muchas personas se encontrarán en medio de sus vacaciones, lo que podría generar perjuicios económicos significativos.

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Para que esta excusa prospere, es esencial que el interesado:

  • Acredite documentalmente la contratación previa de las vacaciones.
  • Demuestre el perjuicio económico o el trastorno grave que le causaría la cancelación de su viaje.

La Junta Electoral de Zona evaluará la justificación presentada, priorizando las dificultades objetivas que puedan surgir para la carga de trabajo electoral.

Situaciones personales que justifican la excusa

Existen diversos motivos personales que permiten a un designado ser relevado de sus funciones:

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  1. Edad: Si la persona tiene entre 65 y 70 años, puede solicitar la dispensa automáticamente.
  2. Discapacidad: La existencia de una discapacidad legalmente reconocida es motivo suficiente para ser excusado.
  3. Pensión de incapacidad: Aquellos que reciban pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez están exentos.
  4. Incapacidad temporal: La acreditación de una baja médica es un motivo válido.
  5. Embarazo avanzado: Las mujeres embarazadas a partir de seis meses pueden presentar una justificación.
  6. Internamiento: Las personas internadas en centros penitenciarios o psiquiátricos también están exentas.

Responsabilidades familiares como causa de excusa

Las situaciones que involucran responsabilidades familiares son igualmente válidas para solicitar la excusa:

  1. Lactancia: Las madres que amamantan a un bebé de hasta nueve meses pueden ser dispensadas.
  2. Cuidado de menores: Aquellos que cuidan de niños menores de ocho años o de personas con discapacidad pueden justificar su inasistencia.
  3. Cuidado de familiares dependientes: La necesidad de cuidar a un familiar que no puede valerse por sí mismo es motivo suficiente.

Motivos relacionados con la actividad profesional

Los motivos laborales también pueden justificar la excusa de un designado:

  • Los trabajadores que laboran para las Juntas Electorales o administraciones públicas relacionadas con la elección.
  • Notarios que deban cumplir funciones durante las elecciones.
  • Personal de servicios esenciales que no puedan ser reemplazados.
  • Profesionales que participen en eventos públicos inaplazables programados antes de la convocatoria electoral.

Recursos contra la designación como miembro de una mesa electoral

Los designados como miembros de mesas electorales tienen un plazo de siete días desde la notificación para presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona. Este proceso debe ser realizado en días hábiles, excluyendo fines de semana y festivos. Si el motivo de excusa es aceptado, la Junta procederá a la sustitución correspondiente.

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Es importante tener en cuenta que, si una persona no puede presentar su excusa dentro de este plazo, debe comunicar su situación a la Junta Electoral al menos 72 horas antes del día de la votación, aportando la justificación necesaria.

En caso de que el impedimento surja después del plazo estipulado, el aviso debe realizarse de inmediato, preferiblemente antes de la constitución de la mesa electoral.

Modelo de escrito de alegaciones para no formar parte de la mesa electoral

Aunque no existe un modelo oficial, se puede usar un formato orientativo. Aquí se presenta un ejemplo de cómo estructurar el escrito:

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ESCRITO DE ALEGACIONES CONTRA DESIGNACIÓN COMO MIEMBRO DE MESA ELECTORAL

Yo, D.________________________________________________, mayor de edad, con D.N.I. núm. ____________________, y domicilio en________________________
calle ______________________________________ núm. _____________________
teléfono _______________________________________ ante V.I, comparezco y

EXPONGO:
Que en el sorteo celebrado para la formación de Mesas para las próximas elecciones, he sido designado ______________________ ________del Distrito
__________________ Sección _________ Mesa___ _________de_______
_____ _____ y ante la imposibilidad de aceptar el cargo, vengo a excusarme por causa de:

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(Exponer aquí los motivos)
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
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_____________________________________________________________________

Por todo lo expuesto,

SUPLICO se admita el presente escrito con los documentos que se
acompañan y que al dorso se relacionan, lo traslada a la Junta a fin de que me sea
admitida la excusa alegada, procediendo a mi sustitución como miembro de la Mesa Electoral, todo ello por ser de justicia que pido en _______(lugar)_______________ a
________ de mayo de 2023.

Firmado:

ILTMO. SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA

Consecuencias de no presentarse ante la mesa electoral

La ley contempla sanciones para aquellos designados que no se presenten a cumplir con su función en la mesa electoral. Según el artículo 143 de la Ley 5/1985 del Régimen Electoral General:

Los miembros de las mesas electorales que incumplan sus obligaciones sin causa justificada pueden enfrentarse a penas de prisión de tres meses a un año o a multas de seis a veinticuatro meses.

Esto resalta la seriedad con la que se toma la responsabilidad de ser miembro de una mesa electoral y la importancia de notificar cualquier impedimento de manera oportuna.

Derechos de los miembros de las mesas electorales

Los miembros de las mesas electorales tienen ciertos derechos que deben ser respetados durante la jornada electoral:

  • Dieta económica: En 2023, se establece una dieta de 70 euros por el trabajo realizado.
  • Permiso retribuido: Tienen derecho a un permiso pagado en el día de la votación si este es laborable.
  • Reducción de jornada: Al día siguiente de las elecciones, los miembros tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral.
  • Protección de la Seguridad Social: Están cubiertos frente a contingencias derivadas de su participación en las elecciones.

Régimen legal y recursos de información oficial

Para obtener información detallada sobre los derechos y deberes de los miembros de las mesas electorales, así como sobre el proceso de alegaciones, puedes consultar las siguientes normativas:

  • Artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
  • Normativa e instrucciones de la Junta Electoral Central sobre recursos contra la designación.
  • Información oficial del Ministerio del Interior sobre las Elecciones Generales 2023.

Si tienes dudas sobre el proceso o necesitas ayuda para la presentación de documentos, te invitamos a explorar nuestro servicio «Papeles Claros» en AsesoraTech. Allí podrás enviar tus documentos y recibir aclaraciones sobre el proceso electoral y las alegaciones pertinentes.

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