Guía completa sobre filiación y su importancia legal

La filiación, un tema de gran relevancia en el ámbito del derecho familiar, establece el vínculo legal entre un hijo y sus progenitores. Este vínculo no solo abarca aspectos emocionales, sino que también conlleva importantes implicaciones jurídicas que afectan derechos y deberes. A continuación, exploraremos en profundidad qué es la filiación, sus tipos, cómo se determina legalmente y sus efectos en la vida de los menores.

Claves para entender qué es la filiación

  • La filiación es el vínculo legal que une a un hijo con sus progenitores, generando derechos y obligaciones para ambas partes.
  • Puede ser biológica (por naturaleza) o adoptiva, dependiendo de cómo se establezca el vínculo.
  • Se formaliza a través de inscripción en el Registro Civil, reconocimiento voluntario, sentencia judicial o por posesión de estado.
  • La filiación determina derechos fundamentales, como el derecho a heredar, apellidos, alimentos y patria potestad.

¿Qué es la filiación?

La filiación es una relación jurídica que conecta a un hijo con su madre y/o su padre. Esta conexión puede resultar de un hecho biológico, como el parto, o de un acto jurídico, como en el caso de la adopción. Según el Código Civil, la filiación puede establecerse de dos maneras: por naturaleza o por adopción.

El artículo 108 del Código Civil establece que tanto los hijos nacidos dentro como fuera del matrimonio tienen los mismos derechos. Esto refleja un avance hacia la igualdad y el reconocimiento de diversas estructuras familiares, eliminando estigmas asociados a la filiación no matrimonial.

Desde una perspectiva emocional, la filiación trasciende lo legal. La identificación de un hijo con sus progenitores influye en su desarrollo personal y social. Sin embargo, la dimensión jurídica es fundamental, ya que define aspectos como los apellidos y quién ejercerá la patria potestad.

Tipos de filiación

La filiación se clasifica principalmente en dos tipos:

Filiación por naturaleza

Esta se refiere a los hijos nacidos como resultado de un vínculo biológico. Se divide en:

  • Filiación matrimonial: Se presume que el niño o niña nacido dentro del matrimonio pertenece al marido, incluso si nace dentro de los 300 días posteriores a su disolución.
  • Filiación no matrimonial: Se establece a través de:
    • Reconocimiento voluntario del progenitor.
    • Resolución judicial basada en pruebas biológicas.
    • Posesión de estado, conforme al artículo 113 del Código Civil.

Desde la reforma de 1981, no hay distinción legal entre hijos matrimoniales y no matrimoniales, promoviendo la igualdad de derechos.

Filiación adoptiva

La filiación adoptiva se crea mediante una resolución judicial, que establece un vínculo legal con los mismos derechos y deberes que la filiación por naturaleza. Este proceso garantiza que los adoptantes y el niño tengan una relación legalmente reconocida, asegurando la protección de los derechos del menor.

¿Cómo se determina legalmente la filiación?

La forma en que se establece la filiación varía según su tipo:

Filiación por naturaleza

La filiación materna se determina simplemente por el hecho del parto, mientras que la filiación paterna se presume si los padres están casados. Si no existe matrimonio, se puede establecer a través de:

  • Reconocimiento voluntario.
  • Pruebas biológicas.
  • Posesión de estado, que implica un reconocimiento social de la relación.

Para que la posesión de estado se considere, deben cumplirse tres requisitos: nomen (el niño lleva los apellidos del padre), tractatus (trato familiar entre ambos) y fama (reconocimiento público de la relación).

Filiación por adopción

La adopción se formaliza mediante una resolución judicial que permite al adoptado ser inscrito en el Registro Civil como hijo de los adoptantes, otorgándole todos los derechos que tendría si hubiera nacido de ellos.

Efectos jurídicos de la filiación

La filiación conlleva varios efectos legales importantes:

Apellidos

El hijo llevará los apellidos del progenitor cuya filiación se determine primero. Si ambos progenitores son reconocidos al mismo tiempo, pueden acordar el orden de los apellidos según lo que consideren más adecuado.

Patria potestad

La filiación confiere a los progenitores el ejercicio de la patria potestad sobre el menor, que se mantiene hasta que el hijo alcanza la mayoría de edad. Si los padres no tienen una relación afectiva, se establecerá un régimen de guarda y custodia para decidir con quién vivirá el niño, pero ambos progenitores conservarán la patria potestad.

Alimentos

Una vez determinada la filiación, el progenitor no custodio está obligado a proporcionar alimentos al hijo. En el caso de los mayores de edad, la obligación de alimentos es recíproca, siempre que haya una situación de necesidad.

Herencia

La filiación convierte al hijo en heredero legítimo de sus progenitores, otorgándole derecho a recibir su parte en la herencia. Este aspecto es fundamental en el contexto familiar y patrimonial.

Impugnación de la filiación

La impugnación es un proceso legal para anular una filiación previamente reconocida, cuando se argumenta que no corresponde con la realidad biológica o jurídica. Este procedimiento se rige por los artículos 136 a 140 del Código Civil.

Impugnación de la filiación matrimonial

El marido puede impugnar la paternidad de un hijo nacido en el matrimonio si puede probar que no es el padre biológico. Este proceso debe realizarse dentro del año siguiente a que se descubra la falta de paternidad, y no es posible si ha habido aceptación tácita del hijo.

Impugnación de la filiación no matrimonial

Cualquier persona con interés legítimo puede impugnar esta filiación, especialmente si se demuestra que el reconocimiento fue irregular o sin el consentimiento del hijo mayor de edad.

Impugnación por parte del hijo

El hijo tiene derecho a impugnar su filiación si descubre irregularidades en su reconocimiento. Puede ejercer esta acción hasta cuatro años después de alcanzar la mayoría de edad o desde que tenga conocimiento del hecho que motive su impugnación.

Es importante destacar que, en la mayoría de los casos, el interés superior del menor prevalece. Las decisiones sobre la impugnación deben considerar la estabilidad del entorno familiar y la posesión de estado.

Filiación en parejas del mismo sexo y reproducción asistida

Con la modificación del Código Civil que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, se ha reconocido también la filiación en estos matrimonios. De esta manera, el marco jurídico se ha adaptado a las nuevas realidades familiares, garantizando la igualdad ante la ley y priorizando el interés superior del menor.

En el contexto de la reproducción asistida, la Ley 14/2006 establece que, si una mujer casada utiliza estas técnicas, la filiación del hijo se determina como matrimonial, siempre que haya consentimiento del cónyuge, ya sea hombre o mujer. Esto refuerza el reconocimiento de la filiación en familias homoparentales.

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