El manejo adecuado de las obligaciones fiscales es fundamental para cualquier empresario o profesional. El modelo 347 es uno de esos documentos que requieren atención, ya que su correcta presentación puede evitar problemas futuros con la Agencia Tributaria. Te invitamos a descubrir todo lo que necesitas saber sobre este formulario y cómo cumplir con tus obligaciones tributarias de manera efectiva.
Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceras personas
El modelo 347 de la Agencia Tributaria es un formulario que se utiliza para declarar todas las operaciones que superen los 3.005,06 euros realizadas durante el año natural con terceras personas. Esta declaración es obligatoria para ciertas entidades y profesionales, y su objetivo principal es proporcionar información sobre las transacciones económicas que se llevan a cabo en el ámbito empresarial.
¿Qué es el modelo 347?
El modelo 347 es una declaración informativa que incluye datos sobre las operaciones de entrega de bienes y prestación de servicios, así como las adquisiciones que superen el umbral mencionado. Se trata de un documento que no implica el pago de impuestos, pero que es crucial para la transparencia y control fiscal.
Este modelo debe ser presentado por:
- Personas físicas o jurídicas que realicen actividades económicas.
- Entidades bajo la Ley de Propiedad Horizontal.
- Establecimientos de carácter social.
- Entidades que cobran en nombre de otras.
Obligados a presentar el modelo 347
La obligación de presentar el modelo 347 recae sobre diversas entidades y personas. A continuación, se detallan los grupos que deben cumplir con esta obligación:
- Actividades empresariales o profesionales: Todas las operaciones que superen los 3.005,06 euros deben ser declaradas.
- Entidades de Propiedad Horizontal: Deben declarar adquisiciones, salvo ciertas excepciones.
- Entidades sociales: Incluyen adquisiciones al margen de actividades económicas.
- Entidades mencionadas en la Ley General Tributaria: Deben declarar adquisiciones que superen el umbral establecido.
- Asociaciones y colegios profesionales: Deben declarar importes superiores a 300,51 euros.
¿Quiénes no están obligados a presentar el modelo 347?
Existen ciertas excepciones que liberan a algunas entidades y personas de la obligación de presentar el modelo 347. Estos son algunos de los casos:
- Entidades que operan fuera del territorio español y no tienen una sede en este país.
- Personas que tributan por el método de estimación objetiva y que están bajo regímenes simplificados.
- Quienes llevan los Libros registro de IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
- Quienes no superan el umbral de 3.005,06 euros en operaciones anuales.
- Operaciones no sujetas a declaración según la normativa.
Plazo para presentar el modelo 347 en 2025
La presentación del modelo 347 se realiza anualmente, y el plazo para hacerlo es durante el mes de febrero del año siguiente. En 2025, por ejemplo, el plazo será del 1 al 28 de febrero para las operaciones realizadas en 2024. Es crucial cumplir con este plazo para evitar sanciones.
Operaciones que deben incluirse en el modelo 347
Al presentar el modelo 347, es importante saber qué operaciones deben ser declaradas. Las siguientes transacciones deben incluirse:
- Entregas de bienes y prestaciones de servicios que superen el importe de 3.005,06 euros.
- Adquisiciones de bienes y servicios que también superen este umbral.
- Las facturas que incluyan IVA se consideran para el cálculo de este límite.
Sin embargo, hay excepciones a tener en cuenta, como las importaciones de mercancías o adquisiciones entre diferentes territorios que no se declaran en este modelo.
¿Cómo se presenta el modelo 347?
La presentación del modelo 347 se lleva a cabo de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este proceso es bastante sencillo, pero es recomendable que los contribuyentes se asesoren adecuadamente para evitar errores en la declaración.
Dudas más frecuentes sobre el modelo 347
Algunas de las preguntas más comunes sobre el modelo 347 incluyen:
- ¿Qué operaciones deben incluirse? Todas las operaciones que superen los 3.005,06 euros, incluyendo entregas y adquisiciones, excepto aquellas que estén exentas.
- ¿Qué sucede si no se presenta a tiempo? La no presentación o el retraso en la declaración pueden acarrear sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria.
- ¿Existen excepciones en la declaración? Sí, hay varias excepciones que deben ser consideradas antes de presentar el modelo.
Regulación legal del modelo 347
La normativa que regula el modelo 347 está compuesta por varias leyes y órdenes que establecen los procedimientos y condiciones para su presentación. Algunas de las normativas más relevantes son:
- Real Decreto 1065/2007: Establece el reglamento general para las actuaciones tributarias.
- Orden HAP/2194/2013: Regula las condiciones generales para la presentación de autoliquidaciones y declaraciones.
- Orden EHA/3012/2008: Aprueba el modelo 347 y detalla su forma y plazo de presentación.
- Orden HAC/1148/2018: Modifica normas relacionadas con la presentación de declaraciones tributarias.
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