Importe mínimo para aplazamiento en Seguridad Social 2023

La incertidumbre económica es un fenómeno que afecta a muchas personas, especialmente a aquellos que gestionan su propio negocio o son autónomos. La presión de cumplir con las obligaciones fiscales puede ser abrumadora, y es esencial conocer las opciones disponibles para manejar las deudas de manera efectiva. Una de las alternativas más útiles es el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social, lo que permite a los deudores reorganizar sus pagos y aliviar la carga financiera. Si te preguntas cuál es el importe mínimo para solicitar un aplazamiento, aquí encontrarás toda la información necesaria para navegar este proceso con confianza y claridad.

¿Qué es el aplazamiento de deudas y por qué es importante?

El aplazamiento de deudas es un mecanismo legal que permite a los deudores fraccionar o posponer el pago de las obligaciones que tienen con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este procedimiento es fundamental para aquellos que, debido a diferentes circunstancias, no pueden afrontar el pago total de sus deudas en un solo plazo.

Es crucial entender que solicitar un aplazamiento no implica la condonación de la deuda, sino que permite suspender temporalmente el procedimiento ejecutivo mientras se evalúa la solicitud. Esto ofrece una oportunidad para establecer un calendario de pagos que se ajuste a la capacidad económica del solicitante.

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Si bien la normativa no establece un importe mínimo obligatorio, la TGSS ha fijado un umbral práctico de 150 euros. Esta cifra se ha establecido debido a que los costos administrativos asociados con el proceso de tramitación a menudo superan el monto de deudas menores.

Tipos de deudas que se pueden aplazar

Es fundamental conocer cuáles son las deudas que se pueden aplazar y cuáles no, para evitar presentar solicitudes que puedan ser inadmitidas. A continuación, se presenta una lista de las deudas que son elegibles para el aplazamiento:

  • Cuotas de autónomos.
  • Cuotas correspondientes al Régimen General para empresas.
  • Intereses de demora acumulados.
  • Recargos por presentaciones fuera de plazo.

Por otro lado, hay ciertas deudas que no se pueden aplazar, tales como:

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  • Aportaciones de los trabajadores que han sido retenidas por el empresario (cuotas obreras).
  • Cuotas relacionadas con accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Cómo solicitar el aplazamiento de deudas

El proceso para solicitar un aplazamiento es sencillo, pero requiere atención a los detalles. A continuación, se describen los pasos necesarios para llevar a cabo esta solicitud de manera efectiva:

  1. Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social utilizando un certificado digital o el sistema Cl@ve.
  2. Completar el formulario oficial de solicitud de aplazamiento.
  3. Aportar documentación económica que respalde tu situación financiera, como cuentas, balances e ingresos.
  4. Proponer un calendario de pagos que se adapte a tu capacidad de pago y a la situación de la deuda.
  5. Si es pertinente, adjuntar las garantías requeridas en función del importe de la deuda.

Es fundamental que tu solicitud cumpla con el importe mínimo para el aplazamiento de deudas y que se presente de manera correcta para que se detenga automáticamente el inicio del procedimiento ejecutivo.

Plazos, intereses y requisitos de garantías

La duración del aplazamiento dependerá de la cantidad total adeudada y de tu capacidad de pago. A continuación, se detallan los plazos típicos:

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  • Hasta 30.000 euros: no se requiere garantía, con un plazo habitual que varía de 6 a 36 meses.
  • Más de 30.000 euros: se exigirá la presentación de una garantía, con un plazo máximo de 60 meses.

Durante este periodo, se generarán intereses de demora, que son generalmente más bajos que los recargos ejecutivos. Esta tasa de interés es establecida anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Es crucial respetar el calendario de pagos acordado, ya que el incumplimiento de un solo plazo puede resultar en que la deuda se exija en su totalidad y se inicie un proceso de ejecución forzosa.

Consecuencias de no pagar ni aplazar la deuda

No atender a una deuda con la Seguridad Social, o no solicitar un aplazamiento, puede acarrear consecuencias severas:

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  • Recargos automáticos que pueden llegar al 10%, 20% o incluso 35% del total adeudado.
  • Embargo de cuentas bancarias y bienes.
  • Pérdida de bonificaciones o acceso a subvenciones públicas.
  • Inclusión en listas de morosos, lo que puede afectar tu reputación financiera.

Casos comunes: autónomos y pymes

Autónomos

Los autónomos son un grupo que frecuentemente enfrenta dificultades para abonar sus cuotas. En estas situaciones, pueden:

  • Solicitar el aplazamiento de la cuota total, excluyendo la parte obrera si tienen empleados.
  • No requerir garantías si el total de la deuda es inferior a 30.000 euros.
  • Cumplir con el importe mínimo para el aplazamiento para que su solicitud sea considerada.

Empresas y pymes

En el caso de las empresas y pymes, el proceso es algo diferente:

  • El aplazamiento solo se puede solicitar para la parte empresarial de la deuda, no para la parte obrera.
  • Es necesario presentar balances y documentos contables que respalden la situación financiera de la empresa.
  • Si la deuda es considerable, se exigirá la presentación de una garantía.

Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de deudas

¿Qué sucede si mi deuda es inferior a 150 euros?

Aunque no existe una prohibición legal, la TGSS podría inadmitir tu solicitud por razones de gestión, ya que el importe mínimo práctico es de 150 euros.

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¿Es posible aplazar una deuda que ya ha sido embargada?

No, una vez que se ha iniciado un procedimiento ejecutivo con la diligencia de embargo, no se puede solicitar un aplazamiento. Es esencial actuar antes de que esto ocurra.

¿Puedo agrupar varias deudas para alcanzar el importe mínimo?

Sí, es posible agrupar deudas de diferentes meses o conceptos para alcanzar el mínimo requerido de 150 euros.

¿El aplazamiento genera intereses?

Sí, aunque estos son inferiores a los recargos, la TGSS aplica intereses de demora desde el momento de la concesión hasta la fecha de cada pago.

¿Qué documentación económica debo presentar?

Para respaldar tu solicitud de aplazamiento, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Balance de situación.
  • Cuenta de resultados.
  • Justificantes de ingresos y gastos.
  • Certificados bancarios.

En resumen, el importe mínimo para solicitar un aplazamiento de deudas es un aspecto clave en este proceso. Aunque no existe una cifra obligatoria en la legislación, los criterios internos de la TGSS sugieren un umbral de 150 euros. Superar este límite, junto con la presentación de la documentación adecuada y la justificación de la incapacidad de pago, son factores determinantes para el éxito de tu solicitud.

Si tienes dudas o enfrentas una situación económica complicada, es altamente recomendable consultar con un abogado especializado en derecho administrativo y en la Ley de Segunda Oportunidad, quien puede ofrecerte asesoramiento y orientación a lo largo de este proceso con seguridad. Para más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en AsesoraTech.

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