La presentación de la declaración de la renta es un tema que genera muchas dudas entre aquellos que se encuentran en situación de desempleo y están percibiendo prestaciones. En este artículo, abordaremos las obligaciones fiscales de quienes cobran el paro, las excepciones aplicables y lo que podemos esperar para el futuro. Si te encuentras en esta situación, sigue leyendo para aclarar tus inquietudes.
Actualizado: 13/06/2025
Obligaciones fiscales para quienes cobran prestaciones por desempleo
La declaración de la Renta IRPF del ejercicio 2024, que se presenta en 2025, no requerirá que quienes reciban prestaciones por desempleo hagan su declaración, al menos de forma excepcional este año. Sin embargo, es importante entender que a partir del próximo año, sí será obligatorio.
El Gobierno ha decidido no aplicar la nueva norma que exige la presentación de la declaración a todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo en 2024. Esto significa que se mantienen los límites generales que regían hasta ahora, permitiendo que muchos no estén obligados a presentar su declaración.
Situación actual para la declaración de la renta de 2024
En el contexto de la Campaña de la Renta 2024, es fundamental conocer los límites que determinarán si estás obligado a presentar la declaración. Estos son:
- Un único pagador: Si has recibido únicamente la prestación por desempleo del SEPE y tu cuantía bruta anual no supera los 22.000 euros, no tendrás que hacer la declaración.
- Dos o más pagadores: Si has tenido ingresos de más de un pagador (por ejemplo, trabajaste en una empresa y luego recibiste el paro), y la suma total de tus rendimientos del trabajo supera los 15.876 euros, sí estarás obligado a presentar la declaración. Este límite aplica siempre que la suma de los ingresos del segundo pagador y los siguientes excedan los 1.500 euros anuales. Si no es así, el límite se mantiene en 22.000 euros.
Es crucial recordar que las prestaciones por desempleo son consideradas rendimientos del trabajo y, por lo tanto, están sujetas a IRPF. El SEPE actúa como un pagador más, aplicando retenciones en las prestaciones que otorga.
Es importante tener en cuenta: A pesar de que este año no se exigirá la nueva norma, si superas los límites de ingresos estipulados, seguirás estando obligado a presentar tu declaración de la renta.
Motivos detrás de la decisión gubernamental para la renta de 2024
La decisión de no aplicar la obligación generalizada de declarar para quienes reciben prestaciones por desempleo se basa en la implementación del Real Decreto-ley 2/2024. Esta norma, conocida como la “reforma de los subsidios de 2024”, busca establecer la declaración de la renta como un control de los ingresos para acceder y mantener los subsidios.
La regulación entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, afectando todo el ejercicio fiscal de ese año. Sin embargo, el Gobierno ha considerado que no sería justo aplicar la norma retroactivamente a quienes no fueron informados durante la mayor parte del año anterior.
Expectativas para el futuro: declaración de la renta 2025
De cara al futuro, es importante prepararse para los cambios que se implementarán en la declaración de la renta de 2025, que se presentará en 2026. A continuación, se detallan los puntos clave sobre esta nueva obligación:
- A partir del ejercicio fiscal 2025, todos los beneficiarios de prestaciones o subsidios por desempleo deberán presentar su declaración de la renta, independientemente de la cuantía de sus ingresos.
- El objetivo es que la declaración sirva como herramienta para que el SEPE verifique el cumplimiento de requisitos relacionados con la carencia de rentas y responsabilidades familiares para acceder a los subsidios.
- El incumplimiento de esta obligación podría resultar en la suspensión de la prestación o subsidio por desempleo.
Consideraciones especiales para quienes reciben el ingreso mínimo vital (IMV)
Además de las prestaciones por desempleo, es esencial mencionar que aquellas personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligadas a presentar la declaración de la renta, incluso si no cuentan con otros ingresos. La falta de presentación de esta declaración puede resultar en la pérdida de la ayuda del IMV, por lo que es fundamental cumplir con esta obligación fiscal.
Información oficial y asistencia
Este cambio en la normativa ha sido comunicado oficialmente por el SEPE, asegurando que los usuarios estén debidamente informados sobre sus obligaciones fiscales. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento sobre tu situación fiscal, no dudes en contactar a AsesoraTech, donde contamos con un equipo de gestores, asesores y abogados especializados listos para ayudarte.